25 July 2025
2025/07/22 - 21:36

La carta del honorable canciller de la República Islámica de Irán, Excmo. Abbas Araghchi, dirigida al honorable Secretario General de la ONU

La carta del honorable canciller de la República Islámica de Irán, Excmo. Abbas Araghchi, dirigida al honorable Secretario General de la ONU, Excmo. Sr. Antonio Guterres, a la honorable Presidenta del Consejo de Seguridad de la ONU, la Excma. Señora Asim Iftikhar Ahmad, a la honorable Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Coordinadora de la Comisión Conjunta del JCPOA, Excma. Señora Kaja Kallas, y a los honorables miembros del Consejo de Seguridad de la ONU.

En el nombre de Dios, el Compasivo, el Misericordioso

 

20 de julio de 2025

 

Excelencia,

A la luz de las recientes afirmaciones de Francia, Alemania y el Reino Unido (E3) de que conservan un supuesto derecho a invocar el Mecanismo de Resolución de Disputas (DRM) en virtud de los párrafos 36 y 37 del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) o los párrafos 11 a 13 de la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y a restablecer las resoluciones del Consejo de Seguridad previamente rescindidas, le escribo para llamar su atención sobre una serie de declaraciones y acciones del E3 que constituyen flagrantes violaciones de sus obligaciones en virtud de la Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el PAIC y el derecho internacional en su conjunto

 

Consciente de que el PAIC distingue a sus signatarios no como «Partes>> sino como <<

 

Lamentablemente, la misma conducta ilegal ha sido evidente en las declaraciones de la Unión Europea, a través de su Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que actúa como Coordinador del PAIC. Este preocupante acontecimiento, una clara manifestación de conducta de mala fe destinada a privar a la República Islámica de Irán de sus derechos en virtud del Tratado de No Proliferación, va acompañado de varias declaraciones que señalan la intención de abusar de los mecanismos previstos en la RCSNU 2231 (2015) y el PAIC para restablecer las Resoluciones que fueron terminadas por la RCSNU 2231 (2015).

Como se detalla en numerosas comunicaciones, incluida la carta de fecha 20 de julio de 2021 y sus anexos (A/75/968-S/2021/669) redactada por el entonces Ministro de Asuntos Exteriores de la República Islámica de Irán y dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, debido a una serie de razones jurídicas, procesales y sustantivas,

El E3/UE no puede invocar legítimamente la DRM en virtud del PAIC o la RCSNU 2231.

 

Como se subraya en numerosas comunicaciones oficiales adjuntas al documento mencionado, incluidas las cartas dirigidas al Coordinador del PAIC el 25 de junio de 2019, el 17 de julio de 2019, el 29 de enero de 2020 y el 10 de marzo de 2020, Irán invocó y agotó la DRM en virtud del párrafo 36 para abordar un incumplimiento significativo, lo que hace inadmisible cualquier invocación posterior por parte del E3/UE.

 

  1. Agotamiento legal y procesal del párrafo 36

La República Islámica de Irán activó formalmente el DRM en virtud del párrafo 36 del PAIC el 10 de mayo de 2018, tras la retirada ilegal de Estados Unidos del acuerdo y su posterior reimposición de sanciones. Si bien Irán tenía derecho a cesar inmediatamente el cumplimiento, actuó de buena fe, posponiendo sus medidas correctivas para dar tiempo al E3/UE para cumplir con sus obligaciones. Esta tolerancia está documentada detalladamente en cartas enviadas al coordinador del PAIC, donde Irán identificó repetidamente los fallos del E3/UE.

 

  • Carta del 6 de noviembre de 2018: Irán detalló sus quejas con respecto al incumplimiento del E3/UE destacando que, a pesar de la retirada de Estados Unidos, el E3/UE aún tenía obligaciones independientes para salvaguardar los beneficios económicos de Irán. El incumplimiento, en particular en lo que respecta a los canales bancarios y financieros normales, ya estaba poniendo en peligro la viabilidad del acuerdo.

 

  • Carta del 8 de mayo de 2019: Irán notificó oficialmente al coordinador que agotó los procedimientos de la DRM y comenzaría a tomar medidas correctivas. A pesar de convocar múltiples reuniones de la Comisión Conjunta para abordar los incumplimientos del E3/UE y EE. UU., no se resolvió ninguna de las preocupaciones fundamentales de Irán, como el restablecimiento de los canales comerciales y financieros esenciales.

 

Comunicaciones posteriores, incluidas las cartas del 25 de junio de 2019 y del 29 de enero de 2020, subrayaron cómo Irán no solo invocó el párrafo 36 varias veces de buena fe, sino que también solicitó nuevas sesiones ministeriales para debatir el incumplimiento persistente del E3/UE. Habiendo ido mucho más allá de lo que exigía el propio PAIC, Irán afirma firmemente que cualquier nuevo intento del E3/UE de activar el mismo párrafo es incompatible con los principios básicos de equidad y buena fe, establecidos tanto en el PAIC como en el derecho internacional.

 

  1. Falta de legitimación del E3 para invocar los mecanismos del PAIC

 

Está bien establecido en el derecho internacional que una parte que no cumple con sus propias obligaciones no puede reclamar los beneficios del mismo acuerdo que ha violado

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), en su Opinión Consultiva sobre Namibia de 1971, declaró que una parte «que desconoce o no cumple con sus propias obligaciones no puede ser reconocida como retenedora de los derechos que afirma derivar de la relación».

 

  1. Incumplimiento del E3/UE: En numerosas comunicaciones, en particular aquellas dirigidas al Coordinador de la Comisión Conjunta del PAIC, como las cartas del 17 de julio de 2019 y del 10 de marzo de 2020, Irán ha enumerado incumplimientos específicos y continuos del E3/UE, incluyendo la falta de preservación de los efectos del levantamiento de las sanciones requerido en virtud de los párrafos 3, 4 y 5 del Anexo II del PAIC; la falta de un mecanismo práctico para proteger a los operadores europeos de las sanciones secundarias de Estados Unidos; y la insuficiencia de esfuerzos para mantener el comercio legal con Irán. Estas violaciones no remediadas socavan la base jurídica del E3 para invocar el DRM
  2. Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de la ONU: Esta resolución respalda el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) y proporciona un mecanismo de varios niveles cuidadosamente construido para evitar "reinicio" arbitrario e ilegal de las sanciones. Activar el DRM mientras se ignoran las quejas documentadas de Irán sobre su incumplimiento contradice el objetivo de la Resolución de garantizar un cumplimiento equilibrado y de buena fe por parte de todas las partes.

 

  1. Los esfuerzos de buena fe de Irán y el incumplimiento del E3

Irán demostró moderación y paciencia durante más de un año tras la retirada de Estados Unidos antes de implementar gradualmente medidas correctivas de conformidad con el párrafo 36 del PAIC. Como se describe en la carta del 25 de junio de 2019, Irán ejerció las medidas correctivas solo después de pedir repetidamente acciones significativas al E3/UE. Estos esfuerzos incluyeron:

 

  1. Participación en reuniones a nivel ministerial: Irán solicitó la urgente Convocatoria de la Comisión Conjunta del PAIC para abordar el impacto de las sanciones estadounidenses y las deficiencias del E3/UE a la hora de proporcionar los dividendos económicos prometidos al pueblo iraní. Aunque se emitieron declaraciones el 6 de julio y el 24 de septiembre de 2018, el E3/UE no cumplió las medidas que prometió, como facilitar las exportaciones de petróleo y normalizar las relaciones bancarias.

 

  1. Proporcionar pruebas detalladas de incumplimiento: Las cartas de Irán citaron repetidamente casos en los que el E3 armonizó efectivamente sus políticas con las de la campaña de "máxima presión" de Estados Unidos, en lugar de cumplir con obligaciones independientes. Esta discrepancia fue más evidente cuando los bancos y las instituciones financieras abandonaron el mercado iraní o restringieron los servicios, lo que demuestra que los beneficios económicos prometidos por el PAIC no se habían materializado

 

  1. Instando al diálogo: La carta del 10 de marzo de 2020 reiteró la voluntad de Irán de continuar las conversaciones a cualquier nivel para revertir las medidas correctivas que había adoptado legalmente en virtud del párrafo 36 del PAIC, en cumplimiento pleno. Sin embargo, el E3 persistió en hacer referencia a un "mejor acuerdo" o un "marco a largo plazo", yendo mucho más allá del alcance del PAIC, contradiciendo los plazos negociados explícitamente en 2015 consagrados en la RCSNU 2231.

 

Con base en los puntos anteriores, es inequívoco que:

  1. Irán ha agotado el DRM: La República Islámica de Irán ha activado y concluido de buena fe todos los procedimientos en virtud del párrafo 36 del PAIC. Al no haber recibido una reparación adecuada, Irán comenzó a tomar medidas correctivas proporcionales solo después de una extensa correspondencia, sesiones ministeriales y notificaciones oficiales. Cualquier esfuerzo posterior del E3 para reabrir o manipular el mismo mecanismo es inadmisible

 

  1. El E3 carece de legitimación jurídica: Debido a que el propio E3/UE no ha cumplido compromisos clave, como facilitar el comercio normal, prevenir los efectos extraterritoriales de las sanciones estadounidenses y cumplir las promesas hechas en las declaraciones ministeriales de 2018, carecen de la legitimación necesaria para invocar las disposiciones del DRM contra Irán.

 

  1. Abuso del proceso: Intentar activar la cláusula de Reversión en estas circunstancias, desafiando los hechos establecidos y las comunicaciones previas, constituye un abuso del proceso que la comunidad internacional debe rechazar

 

En las últimas semanas, el E3/UE ha tolerado, apoyado y contribuido activamente explícitamente a las agresiones no provocadas e imprudentes de Israel y posteriormente de Estados Unidos, justo en medio de las conversaciones nucleares entre Irán y Estados Unidos, contra las instalaciones nucleares iraníes protegidas y los barrios residenciales, lo que ha llevado a la masacre de innumerables mujeres y niños, así como al asesinato a sangre fría de científicos y comandantes militares fuera de servicio. Todas estas son violaciones flagrantes del derecho internacional, lo que convierte a los líderes del E3 en cómplices de estos crímenes de guerra. Las acciones y declaraciones de los países del E3, como se explica brevemente a continuación, los han convertido en cómplices de estos crímenes de guerra y han hecho que cualquier afirmación de buena voluntad y compromiso con la Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) sea espuria y falsa

 

La vergonzosa declaración del canciller alemán Merz, el 17 de junio de 2025, de que «Este es el trabajo sucio que Israel está haciendo por todos nosotros>> es una clara admisión de culpabilidad y participación en este acto de agresión por parte de Alemania y otros líderes del E3

 

En la misma línea, Francia y el Reino Unido han expresado su apoyo a los ataques no provocados contra Irán, invocando el "derecho de Israel a la defensa", en lugar de condenar la agresión del régimen israelí contra el pueblo iraní, que se cobró más de 1.000 vidas entre el 13 y el 24 de junio de 2025. Han contribuido además a la agresión israelí al suministrarle armas y municiones. Francia admitió haber brindado asistencia militar directa a Israel, como lo demuestra la declaración del ministro de Defensa francés, Sebastián Lecornu, del 25 de junio de 2025, donde admitió complicidad en la defensa del agresor y en la obstrucción del ejercicio del derecho de legítima defensa de Irán, al afirmar que el Ejército francés derribó menos de diez drones, utilizando aeronaves y misiles tierra-aire.

 

Este patrón de asistencia material, respaldo público y coordinación operativa con un asalto militar extranjero dirigido contra instalaciones iraníes protegidas equivale a más que un sesgo diplomático-constituye una instigación directa a una agresión ilegal. Estos actos no solo han socavado la credibilidad residual del E3 como participantes de buena fe, sino que también han provocado un cambio fundamental en las circunstancias bajo las cuales se concluyó el PAIC. Todo el marco de obligaciones y expectativas mutuas que una vez sustentaron el acuerdo se ha roto por la alineación del E3 con las políticas destinadas a desmantelar por la fuerza el programa nuclear pacífico de Irán por medios extrajudiciales.

 

Incluso la UE, como coordinadora del PAIC, ha incumplido sus obligaciones al cuestionar los derechos legales de Irán y pedir "poner fin al programa nuclear de Irán", como declaró la Alta Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Kaja Kallas, el 1 de julio de 2025

 

Estas admisiones responsabilizan al E3 de la compensación y reparación a Irán y los privan de cualquier fundamento legal, moral o político para invocar oportunistamente el DRM. En todo caso, los líderes del E3 deben rendir cuentas ante tribunales penales internacionales como acusados por complicidad en crímenes de guerra, y no como demandantes ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

 

La abominable declaración de los Ministros de Relaciones Exteriores del G7, que incluyen a los Ministros de Relaciones Exteriores del E3 el 1 de julio de 2025, de que <> al rechazar su pilar más fundamental, a saber, el enriquecimiento iraní, y participar activamente en su peligrosa destrucción mediante una guerra de agresión no provocada en medio de las conversaciones diplomáticas

 

No cabe duda de la existencia de sólidos argumentos para privar al E3/UE de cualquier legitimación de buena fe en virtud del PAIC y la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, lo que le permite, legalmente, recurrir de forma conveniente e injustificada a los mecanismos del PAIC con absoluta mala fe. Según los términos del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC), el acuerdo distingue a sus miembros no como "partes" en el sentido tradicional de los tratados, sino como "participantes". Esta designación no es meramente semántica; refleja un concepto funcional. La participación no es un estatus estático adquirido de una vez por todas, sino una condición dinámica que depende de la participación continua, el cumplimiento de buena fe y el compromiso sostenido con el objeto y el propósito del acuerdo. En clara contradicción con estos requisitos, el E3 (Francia, Alemania y el Reino Unido) ha adoptado, en los últimos años, y especialmente en los últimos meses, una serie de posiciones y acciones fundamentalmente incompatibles con las responsabilidades y cualificaciones de los participantes del PAIC.

Con base en lo anterior, es absolutamente claro que, dado que Irán ha agotado de manera legal y concluyente la DRM de conformidad con el párrafo 36, y dado que los propios E3 han incumplido sus propias obligaciones tras la retirada de Estados Unidos; han apoyado activamente, participado en e incluso admitido públicamente el patrocinio de la agresión israelí contra las instalaciones nucleares iranies salvaguardadas; y finalmente han renunciado a su condición de participante en el PAIC al rechazar los pilares fundamentales del acuerdo en declaraciones recientes, cualquier recurso a la DRM por parte de estas mismas partes carece de fundamento jurídico, es moralmente defectuoso y políticamente peligroso, constituyendo en sí mismo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales.

Excelencia,

No se puede ni se debe permitir que el E3 socave la credibilidad del Consejo de Seguridad de la ONU abusando de una Resolución con la que ellos mismos no se han comprometido. Irán insta a Estados Unidos y al E3/UE, que de hecho han abandonado cualquier reclamación de la condición de participante del PAIC, a que cesen y desistan de sus medidas ilegales, incluida la agresión flagrante, en violación del PAIC y del derecho internacional, y a que proporcionen una compensación por las graves pérdidas humanas y financieras impuestas a Irán por la retirada ilegal de Estados Unidos y el incumplimiento por parte del E3/UE de sus obligaciones en virtud de la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, junto con su participación activa en el acto de agresión del régimen israelí contra Irán. Después de una década de mala fe al no implementar ninguna de sus obligaciones individuales y colectivas en virtud del PAIC y la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Estados Unidos y el E3/UE también deben proporcionar garantías objetivas a Irán y a la comunidad internacional de que se abstendrán de tales actos ilegales imprudentes en el futuro

Irán ha demostrado que es capaz de derrotar cualquier delirante "trabajo sucio", pero siempre ha estado dispuesto a corresponder con una diplomacia significativa y de buena fe.

Le agradecería que hiciera distribuir esta carta como documentos de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad.

Le ruego acepte, Excelencia, las seguridades de mi más alta consideración.

-S.E. Sr. Antonio Guterres, Secretario General de las Naciones Unidas.

-Su Excelencia Señora Asim Iftikhar Ahmad, Presidenta del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

-La Señora Kaja Kallas, Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Coordinadora de la Comisión Conjunta del JCPOA.

-Honorables miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

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